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martes, 28 de octubre de 2008

Cambio Comisión Nacional "Sexenios" PDI Universidad

Ministerio de Ciencia e Innovación (BOE n. 260 de 28/10/2008)

Orden CIN/3040/2008, de 20 de octubre, por la que se modifica la Orden de 2 de diciembre de 1994, por la que se establece el procedimiento para la evaluación de la actividad investigadora, en desarrollo del Real Decreto 1086/1989, de 28 de agosto, sobre retribuciones del profesorado universitario.

Se modifica la composición de la Comisión Nacional prevista en el apartado 4.2 del artículo 2 del Real Decreto 1086/1989, de 28 de agosto. Dicho apartado dice así:

4. Complemento de productividad, de acuerdo con las siguientes normas:

4.1 El profesorado universitario podra someter la actividad investigadora realizada cada seis años en regimen de dedicacion a tiempo completo, o periodo equivalente si ha prestado servicio en regimen de dedicacion a tiempo parcial, a una evaluacion en la que se juzgara el rendimiento de la labor investigadora desarrollada durante dicho periodo.

4.2 Dicha evaluacion la efectuara una comision nacional integrada por representantes del ministerio de educacion y ciencia y de las comunidades autonomas con competencias asumidas en materia universitaria, la cual podra recabar, oido el consejo de universidades, el oportuno asesoramiento de miembros relevantes de la comunidad cientifica nacional o internacional cuya especialidad se corresponda con el area investigadora de los solicitantes.

4.3 La evaluacion positiva por la comision nacional comportara al profesor la asignacion de un complemento de productividad por un periodo de seis años, de la siguiente cuantia anual:...

martes, 1 de julio de 2008

Contratación excepcional Profesores Colaboradores

Ministerio de Ciencia e Innovación (BOE n. 158 de 1/7/2008)

Real Decreto 989/2008, de 13 de junio, por el que se regula la contratación excepcional de profesores colaboradores.

La Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, establece en su artículo 48 que las modalidades de contratación laboral específica del ámbito universitario son las que se corresponden con las figuras de ayudante, profesor ayudante doctor, profesor contratado doctor, profesor asociado y profesor visitante.

Sin embargo, y hasta tanto se consolide la nueva ordenación de las enseñanzas universitarias prevista en el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, diversos centros universitarios podrían encontrar dificultades para cubrir, con las citadas modalidades de contratación laboral, determinadas necesidades docentes especiales.

En esta norma se ha establecido como plazo límite para convocar concursos para las citadas contrataciones el 3 de mayo de 2013, fecha ésta en que se cumplirán seis años desde la entrada en vigor de la citada Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, tiempo suficiente para que se haya completado ya la implantación generalizada de las nuevas enseñanzas.