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domingo, 9 de marzo de 2008

Informe jurídico: Edad mínima oposiciones y temario


Informe de la Asesoría Jurídica de la Diputación de Toledo a un recurso de reposición planteado contra una convocatoria de oposiciones (auxiliar administrativo) en la que se exige la edad de 18 años para presentarse (contra los 16 establecidos en el EBEP).

Además, se discute la inclusión en la fase de oposición de tres temas sobre manejo de un programa informático exclusivo de los ayuntamientos, que no es de dominio público, y por tanto, puede suponer una infracción del principio de igualdad en el acceso a la función pública.

El informe no tiene más valor jurídico que la discusión de los temas propuestos, no siendo vinculante ni siquiera para el ayuntamiento que lo pidió. No obstante, es interesante su fundamentación jurídica.

Ver informe en pdf

Artículo: Análisis borrador Estatuto Función Pública


Artículo sobre el BORRADOR del 2005 del EBEP
Permite conocer las pretensiones de los cambios que se iban a producir en el régimen jurídico de los funcionarios y empleados públicos, en general.

De: Victor Almonacid Lamelas
Secretario General del Ayuntamiento de Picanya (Valencia).
Fecha: Julio 2005
Origen: Noticias Jurídicas
La dispersión normativa en torno a la regulación de la materia es formidable, hecho éste que convive difícilmente con el mandato constitucional de regulación por ley del estatuto de los funcionarios públicos. Y ello porque dicho mandato se refiere a un “Estatuto Único” (aunque al nivel de “lo básico”), aplicable a todos los funcionarios públicos y regulado preferiblemente en una sola ley, lo cual se opone evidentemente a la proliferación de normas. Se exige por tanto un cambio formal, que podría consistir en una refundición de la normativa vigente o en la aprobación de una nueva ley que agote la reserva constitucional, así como material, conviniendo en este sentido la adaptación de alguna de las disposiciones más antiguas (como la LFCE del 64) a la realidad práctica. [...]

Texto del artículo

miércoles, 20 de febrero de 2008

Defensor U.S.: principios de confianza legítima, equidad, buena fe


Defensor Universitario. Universidad de Sevilla


Recomendación 8 de marzo de 2007

La administración de la Facultad de Comunicación realiza una revisión de oficio de las certificaciones académicas emitidas por el centro. En esta revisión se detecta el error que se ha producido en la certificación académica personal entregada a un alumno, en la que se consignaba una nota superior que le dio derecho a una plaza del Segundo Ciclo de Comunicación Audiovisual solicitado por éste a través de la preinscripción correspondiente. El error se le comunica al interesado cuando se ha agotado todo un curso académico y una vez iniciado el siguiente. A partir de ese momento la Universidad inicia un proceso de lesividad del acto de admisión y matricula.

Se recomienda a la Universidad deje sin efecto la anulación de matrícula y tengan en cuenta los principios de confianza legítima, equidad, buena fe, tiempo transcurrido, ausencia de gravamen particular para interpretar la facultad de revisión iniciada por la Universidad de Sevilla.

Expte. 55 pdf

martes, 19 de febrero de 2008

articulo: el silencio administrativo

La Inactividad de la Administración a Partir de la Ley 4/1999, de 13 de Enero

Vicenta Ángeles Zaragoza Teuler..
Juez Sustituto.
Colaboradora honorífica de la Universidad Miguel Hernández de Elche.

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artículo: La impugnación de la Ley de Igualdad de sexos

La ley de igualdad y el cambio parcial del sistema político

Santiago Carretero Sánchez
Profesor Titular de Filosofía del Derecho de la Universidad Rey Juan Carlos
Abogado del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid
Ex Letrado del Tribunal Supremo

Fuente www.PorticoLegal.com
Fecha Artículo 07.02.2008
Areas Legales Constitucional, Administrativo, Civil

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artículo: Tratamiento datos por Admon. pública


El tratamiento automatizado de datos personales por las Administraciones públicas

La importancia de los ficheros de datos personales titularidad de las Administraciones del Estado son de gran importancia para asegurar una buena gestión administrativa, ya que las Administraciones deben servir objetivamente al interés general. Los ficheros públicos son los resultados de las relaciones de las Administraciones con los particulares. De su buena gestión y de los límites a los derechos de los ciudadanos depende la eficacia de la Administración.

DANIEL SANTOS GARCÍA
Abogado y Consultor de Derecho Informático de SANTOS & ROJAS ABOGADOS
PorticoLegal, 24.11.2004

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lunes, 18 de febrero de 2008

Artículo: Organos colegiados y administración electrónica

EL USO DE LOS MEDIOS ELECTRÓNICOS EN LOS ÓRGANOS COLEGIADOS DEL AYUNTAMIENTO DE SABADELL

Adaptación a la Ley de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos

Agustí Cerrillo i Martínez (Universitat Oberta de Catalunya)
Xavier Tarrés Chamorro (Jefe de Tecnologías y Ciudad del Conocimiento
del Ayuntamiento de Sabadell)
(documento pdf)

TECNIMAP'2006 en Sevilla



Celebración de TECNIMAP'2006 en Sevilla
Por ORDEN APU/2524/2005, de 21 de julio (BOE de 4 de agosto), se convocaron las IX Jornadas sobre Tecnologías de la Información para la Modernización de las Administraciones Públicas (Tecnimap 2006), celebradas en Sevilla del 30 de mayo al 2 de junio de 2006.

· Texto de las comunicaciones:

1. Estrategias y planes de desarrollo de administración elctrónica
2. Convergencia digital y cooperación en la construcción de servicios públicos electrónicos. Integración de servicios. Interoperabilidad, reutilización, accesibilidad
3. Ciencia, investigación y sociedad de la información
4. Desarrollo de servicios públicos telemáticos en el ámbito de la administración local
5. Construcción de una nueva generación de servicios innovadores para ciudadanos y empresas: aspectos legales y organizativos. Obstáculos y oportunidades
6. Tecnologías de la información en la cooperación internacional para el desarrollo

· Taller de software de código abierto

Artículo: Organos colegiados y administración electrónica


Las tecnologías de la información y el conocimiento en el funcionamiento de los órganos colegiados de la administración

Comunicación en formato pdf en las Jornadas sobre Tecnologías de la Información para la Modernización de las Administraciones Públicas (TECNIMAP) Sevilla 2006
Agustí Cerrillo Martínez
Profesor Universitat Oberta de Catalunya

RESUMEN DE SU COMUNICACIÓN

Los órganos colegiados constituyen un importante mecanismo a través del que se canaliza la participación de los ciudadanos en la Administración pública así como la coordinación en el seno de una Administración pública y entre diversas Administraciones públicas.

Las tecnologías de la información y la comunicación constituyen una buena herramienta para mejorar el funcionamiento de los órganos colegiados al facilitar tanto la celebración de reuniones virtuales en las que no sea necesaria la coincidencia espacial o temporal de los miembros del órgano colegiado como la agilización y simplificación de otras fases del procedimiento colegial (convocatoria, información sobre el orden del dia, identificación de los miembros del órgano, celebración de las votaciones o documentación de los acuerdos adoptados).

En esta comunicación se exponen los principales usos de las tecnologías de la información y el conocimiento y se presentan algunas experiencias.

domingo, 17 de febrero de 2008

Articulo sobre Principio de CONFIANZA LEGITIMA


Una aproximación a los principios de seguridad jurídica, buena fe y protección de la confianza legítima en derecho administrativo

De: Juan José González Fernández (Abogado del I.C.A. Madrid.)
Fecha: Abril 2005
Origen: Noticias Jurídicas

Ver Dictamen Consejo de Estado 1381/1996, de 30/5/1996, por el que se aplica el principio de confianza legítima en un caso de reclamación por responsabilidad patrimonial de las administraciones públicas.
IV.- La falta de coordinación administrativa que se ha producido con reiteración en el tiempo en los visados otorgados a la señora ...... en los años 1993 y 1994, revela un mal funcionamiento de la Administración General del Estado que defrauda la legítima confianza que los ciudadanos tienen en los gestores de los intereses generales.

La confianza legítima es una creación del Derecho alemán que ha sido incorporada al Derecho Comunitario por el Tribunal de Justicia (Sentencias de 13 de julio de 1965, 21 de marzo de 1975, 16 de junio de 1979, 28 de octubre de 1983, 17 de abril de 1986, entre otras), y recibida en nuestro ordenamiento jurídico por la jurisprudencia del Tribunal Supremo (por ejemplo en las Sentencias de 28 de febrero de 1989 y de 1 de febrero de 1990) y la doctrina de este Consejo de Estado (dictámenes de 12 de mayo de 1992 -expediente número 464/92- y 3 de junio de 1994 -expediente número 504/94-).
Cuando el proceder de la Administración genera una apariencia, y confiando en ella, y actuando de buena fe, un ciudadano ajusta su conducta a esa apariencia, pesa sobre la Administración la obligación de no defraudar esa confianza, y estar a las consecuencias de la apariencia por ella creada.

En el curso de la tramitación de este expediente, la Administración no ha imputado negligencia alguna a la empresa ...... , ni infracción legal o reglamentaria alguna; tampoco se ha cuestionado la buena fe de la sociedad reclamante, por lo que en ese conjunto de circunstancias existe fundamento objetivo y razonable para entender que la Administración General del Estado ha defraudado la legítima confianza que en ella había depositado la mercantil ...

Hoy más que nunca -como ha escrito el profesor VILLAR PALASÍ- cuando el desorden jurídico es tal que ni jueces ni compiladores, ni profesores están de acuerdo con las normas vigentes y, entre ellas, las aplicables”, los grandes principios jurídicos constituyen un referente ineludible en el intento de luchar contra las arbitrariedades del poder.

jueves, 7 de febrero de 2008

Comentarios: El silencio administrativo


Atención a la nueva regulación del silencio administrativo
De: Juan Amenós Álamo (Profesor titular de Derecho Administrativo de la Universidad Autónoma de Barcelona.)
Fecha: Abril 1999
Origen: Noticias Jurídicas

Comentario: El derecho de acceso a archivos

El derecho de acceso a archivos y registros públicos

De: Jorge Vázquez Orgaz (Abogado de DLA Madrid.)
Fecha: Septiembre 2002
Origen: Noticias Jurídicas

Comentario a la Modernización electrónica de la Admón.


Actualización de la Administración y su acercamiento a los ciudadanos

De: Víctor Almonacid Lamelas (Funcionario de la Administración Local. Secretario General de Benissa)
Fecha: Marzo 2003
Origen: Noticias Jurídicas

Articulo doctrinal sobre la Firma electrónica


Administración y firma electrónica. Un enfoque jurídico y práctico. Especial referencia a la administración local

De: Víctor Almonacid Lamelas
Fecha: Mayo 2006
Origen: Noticias Jurídicas

Comentarios Proyecto Ley Admón. Electronica

Comentarios al Proyecto de Ley para el acceso electrónico de los ciudadanos a las Administraciones Públicas

De: Víctor Almonacid Lamelas
Fecha: Enero 2007
Origen: Noticias Jurídicas