Orden de 3 de noviembre de 2009, por la que se determina el calendario de días inhábiles a efectos de cómputos de plazos administrativos para el año 2010.
El artículo 48.7 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, dispone que las Administraciones de las Comunidades Autónomas, con sujeción al calendario laboral oficial, fijarán en su respectivo ámbito el calendario de días inhábiles a efectos de cómputos de plazos, en el que se comprenderán los días inhábiles de las Entidades que integran la Administración Local.
En concreto, para Andalucía, será en 2010:
- 1 de enero (viernes): Año Nuevo.
- 6 de enero (miércoles): Epifanía del Señor.
- 1 de marzo (lunes): Por traslado del día de Andalucía.
- 1 de abril (jueves): Jueves Santo.
- 2 de abril (viernes): Viernes Santo.
- 1 de mayo (sábado): Fiesta del Trabajo.
- 16 de agosto (lunes): Por traslado de la fiesta de la Asunción de la Virgen.
- 12 de octubre (martes): Fiesta Nacional de España.
- 1 de noviembre (lunes): Todos los Santos.
- 6 de diciembre (lunes): Día de la Constitución Española.
- 8 de diciembre (miércoles): Inmaculada Concepción.
- 25 de diciembre (sábado): Natividad del Señor.
