B) Estudios de primer o segundo ciclo en Facultades, Escuelas Técnicas o Politécnicas Superiores y Escuelas Universitarias o Escuelas Universitarias Politécnicas cuyos planes de estudio hayan sido homologados por el procedimiento que establece el Real Decreto 1497/87, o por el Real Decreto 1267/1994, de acuerdo con la correspondiente directriz general propia, y estudios de Grado, según Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre.
a) En Primera matrícula, por cada crédito: 11,50 euros.
b) En Segunda matrícula, por cada crédito: 13,00 euros.
c) En Tercera o sucesivas matrículas, por cada crédito: 17,00 euros.
BOJA nº 138 17-julio-2009
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