martes, 29 de abril de 2008

Cuantías BECAS y renta para 2008-09

Ministerio de Educación, Política Social y Deporte (BOE n. 103 de 29/4/2008)

REAL DECRETO 675/2008, de 28 de abril, por el que se establecen los umbrales de renta y patrimonio familiar y las cuantías de las becas y ayudas al estudio del Ministerio de Educación, Política Social y Deporte para el curso 2008-2009.

Actualiza cuantías del REAL DECRETO 1721/2007, de 21 de diciembre, por el que se establece el régimen de las becas y ayudas al estudio personalizadas.

lunes, 28 de abril de 2008

Reforma de la LOU y empresas de base tecnológica


La creación de empresas de base tecnológica en el ámbito universitario a partir de la reforma de la LOU

Interesante documento del Ministerio de Educación sobre la reforma de la LOU en los aspectos que favorecen la creación de empresas de base tecnológica (EBT).

La participación del personal universitario en las EBT se encontraba seriamente limitada por el marco legal aplicable, y en especial por lo dispuesto en materia de incompatibilidad de actividades entre la universidad pública y la gestión empresarial. Además de tener que superar importantes dificultades financieras, culturales o de gestión empresarial, un funcionario universitario también debía enfrentar serios condicionantes legales que repercutían negativamente en la toma de decisiones en su carrera profesional.

Buscando dar solución a algunas de las limitantes legales más significativas, y respondiendo al enfoque de fortalecer la transferencia de conocimiento que la modificación de la LOU adopta, se incorporan una serie de disposiciones que inciden positivamente en favorecer la creación de EBT en España, las cuales impactan en:
  • la participación del personal universitario en las EBT,
  • la motivación del personal para gestionar transferencia de conocimiento, incluyendo las EBT,
  • el entorno general de las relaciones universidad-Empresa.
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viernes, 25 de abril de 2008

CIUDADANÍA, MUJERES Y DEMOCRACIA (artículo)


CIUDADANÍA, MUJERES Y DEMOCRACIA
Ana Aguado.- Universidad de Valencia

"Rousseau sostendrá en El Emilio que las mujeres, a diferencia de los hombres, no pueden controlar sus “deseos ilimitados” por si mismas, y por ello, no pueden desarrollar la “moralidad” que se requiere para la sociedad civil. Este plantemiento se consolidará hasta tal punto que, en el mismo lenguaje –y el lenguaje nunca es neutro, sino instrumento fundamental de creación de “realidad”- , la vinculación entre el sustantivo “hombre” y el adjetivo “público” se convertirá en un concepto connotado positivamente en términos morales, en tanto que la vinculación entre el sustantivo “mujer” y el adjetivo “pública” se connotará, casi por definición -y como sabemos, hasta nuestros días- negativamente en términos morales.

Y por ello, no resulta nada secundario ni “insignificante” preguntarnos cómo se puede hacer que las mismas palabras signifiquen cosas tan diferentes, y probablemente, las respuestas que en lenguaje científico e histórico podríamos dar serían bastante próximas a las respuestas que en lenguaje literario encontramos a preguntas semejantes en el cuento de Alicia en el País de las Maravillas:: la cuestión es “saber quien es el que manda”. O dicho en otras palabras: quien es el que define, quien es el que legisla, quien es el que educa, quien es el que crea ideología y discursos, quien es el que construye la moral o la religión."

Artículo completo en:

Revista Electrónica de Historia Constitucional
Número 6 - Septiembre 2005

jueves, 24 de abril de 2008

Master en Derecho Polar


La nueva ordenación de las enseñanzas universitarias españolas (R.D. 1393/2007), en aras de la convergencia a un Espacio Europeo de Educación Superior, flexibiliza la organización de los estudios superiores, promoviendo la diversificación curricular y permitiendo que las universidades aprovechen su capacidad de innovación, sus fortalezas y oportunidades.

Y para que vayamos haciéndonos idea, en septiembre del 2008 empieza un Master en Derecho Polar (sí, de los Polos, el Ártico y la Antártida) en una universidad islandesa, la Universidad de Akureyri. Para las prácticas correspondientes tienen muy cerca el Polo Norte. He aquí a un grupo:

Enlace a la web del Master en Derecho Polar

Tabla conversion notas Enseñanzas Medias

Ministerio de Educación y Ciencia (BOE n. 99 de 24/4/2008)

Resolución de 11 de abril de 2008, de la Secretaría General de Educación, por la que se establecen las normas para la conversión de las calificaciones cualitativas en calificaciones numéricas del expediente académico del alumnado de bachillerato y cursos de acceso a la universidad de planes anteriores a la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de mayo, de Ordenación General del Sistema Educativo.

Primero. Ámbito de aplicación.-La presente resolución se aplicará al procedimiento utilizado para transformar en expresión numérica las calificaciones cualitativas que figuran en el expediente académico del alumnado que haya cursado estudios de bachillerato y cursos de acceso a la universidad de planes anteriores a la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de mayo, de Ordenación General del Sistema Educativo.

Segundo. Conversión de calificaciones.-Cuando la calificación de una materia o asignatura venga expresada de forma cualitativa y sea necesaria su expresión de forma numérica, la conversión se realizará según la siguiente tabla de equivalencias:

Suficiente: 5,5.
Bien: 6,5.
Notable: 8.
Sobresaliente: 10.

Tercero. Cálculo de la nota media.-La nota media será la media aritmética de las calificaciones numéricas obtenidas tras la conversión establecida en el punto anterior, expresada con dos cifras decimales por redondeo a la centésima más próxima y en caso de equidistancia a la superior.

Cuarto. Materias convalidadas.-A los efectos del cálculo de la nota media no serán computadas aquellas materias que consten en el expediente del alumno como convalidadas.

martes, 15 de abril de 2008

Nuevos códigos Ministerios OO. MM.

Ministerio de la Presidencia (BOE n. 91 de 15/4/2008)

Resolución de 14 de abril de 2008, de la Subsecretaría, por la que se modifica el anexo del Acuerdo de Consejo de Ministros de 21 de diciembre de 2001, por el que se dispone la numeración de las órdenes ministeriales que se publican en el «Boletín Oficial del Estado».

ANEXO
Tabla de códigos ministeriales

Códigos Ministerios
AEC Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación
JUS Ministerio de Justicia
DEF Ministerio de Defensa
EHA Ministerio de Economía y Hacienda
INT Ministerio del Interior
FOM Ministerio de Fomento
ESD Ministerio de Educación, Política Social y Deporte
TIN Ministerio de Trabajo e Inmigración
ITC Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
ARM Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino
PRE Ministerio de la Presidencia
APU Ministerio de Administraciones Públicas
CUL Ministerio de Cultura
SCO Ministerio de Sanidad y Consumo
VIV Ministerio de Vivienda
CIN Ministerio de Ciencia e Innovación
IGD Ministerio de Igualdad

lunes, 14 de abril de 2008

Reestructuración ministerial 2008

Presidencia del Gobierno (BOE n. 90 de 14/4/2008)

Real Decreto 432/2008, de 12 de abril, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales.

En materia educativa hay que señalar la nueva denominación del Ministerio de Educación (Ministerio de Educación, Política Social y Deporte) y la asignación de las Universidades a un nuevo ministerio (Ministerio de Ciencia e Innovación). Extracto:

Artículo 17. Ministerio de Ciencia e Innovación.

1. Corresponde al Ministerio de Ciencia e Innovación la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de universidades, investigación científica, desarrollo tecnológico e innovación en todos los sectores, así como la coordinación de los organismos públicos de investigación de titularidad estatal.

2. Este departamento se estructura en los siguientes órganos superiores:

a) La Secretaría de Estado de Universidades.

b) La Secretaría de Estado de Investigación.

Ver nueva codificación Órdenes Ministeriales
Nuevas Comisiones Delegadas del Gobierno

Ministerio de Administraciones Públicas (BOE n. 92 de 16/4/2008)
Real Decreto 438/2008, de 14 de abril, por el que se aprueba la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales:

Artículo 16. Ministerio de Ciencia e Innovación.

El Ministerio de Ciencia e Innovación se estructura en los siguientes órganos superiores y directivos:

a) La Secretaría de Estado de Universidades, de la que dependen los siguientes órganos directivos:

1.º La Dirección General de Universidades.

2.º La Dirección General de Programas y Transferencias de Conocimientos, que ejercerá las competencias de la Secretaría de Estado en materia de programación y transferencia de resultados de la investigación.

b) La Secretaría de Estado de Investigación de la que dependen los siguientes órganos directivos:

1.º La Secretaría General de Política Científica y Tecnológica, con rango de Subsecretaría.

2.º La Dirección General de Planificación y Coordinación, que impulsará la cooperación institucional con los agentes que intervienen en el sistema español de ciencia/tecnología.

3.º La Dirección General de Cooperación Internacional, que ejercerá las funciones de relaciones internacionales de la Secretaría de Estado.

c) La Subsecretaría de Ciencia e Innovación de la que depende la Secretaría General Técnica.